Se crearán los Bancos de Leche Materna

En la Legislatura de Río Negro, se crearon los Bancos de Leche Materna Humana (BLH) que funcionarán en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro. La autora del proyecto, la legisladora Tania Lastra, destacó –para fundamentar la propuesta- que “en algunas circunstancias sanitarias excepcionales ocurre que los lactantes no pueden o no deben ser amamantados. En estos casos, se debe evaluar como primera alternativa alimentarlos con leche materna extraída de su propia madre, y como segunda alternativa leche materna de un Banco de Leche Humana (BLH)”.

En este contexto, se explicó que mediante estos reservorios, “la misión es asegurar la alimentación con leche humana pasteurizada para todos los niños nacidos y/o ingresados a las instituciones que no pueden ser alimentados con leche de sus propias madres”. Estos Bancos de Leche Humana se encargan de “la promoción, fomento y protección de la lactancia maternal, y provee el ámbito físico en donde se recolecta, clasifica, analiza, pasteuriza, almacena y distribuye la leche humana donada de madres de manera voluntaria y altruista”.

Lastra consideró que “para poder disponer de gran cantidad de madres donantes tiene que promocionarse la lactancia materna y crear un núcleo bien arraigado y comprometido de madres que lacten a sus hijos”.

Se considera Banco de Leche Materna Humana “al centro especializado responsable de la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna y de la ejecución de actividades de extracción, procesamiento, controles de calidad, leche intermedia y leche humana madura, para su posterior distribución bajo prescripción médica”.

Podrán ser madres donantes “aquellas mujeres que voluntariamente expresen su consentimiento para la donación de su leche materna. Deberán contar con la indicación especifica de su medico tratante, tener excedente de leche y aceptar la realización de los exámenes serológicos para evaluar la calidad de la leche”.

Se dejó aclarado que “queda prohibida la compra, venta y todo tipo de intermediación onerosa de producto y derivados de la leche humana, cruda o procesada”.