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Priorizan acceso a capacitaciones a desempleados

El Artículo 16 de la Constitución Nacional consagra el principio de igualdad, el cual exige la implementación de acciones positivas para garantizar una igualdad real de oportunidades.

Enidéntico sentido, nuestra Constitución Provincial establece expresamente en su Artículo 32, la igualdad de derechos sin discriminación alguna, encomendando a los poderes públicos la remoción de los obstáculos de orden económico y social que limiten la libertad y la igualdad de las personas.

En este marco es que ponderamos la decisión de garantizar el acceso prioritario y equitativo a las capacitaciones, cursos de formación laboral y certificaciones dictados, financiados o promovidos por el Gobierno de la Provincia de Río Negro, mediante el establecimiento de un cupo garantizado del cuarenta por ciento (40%) reservado a personas en situación de desempleo, mediante las áreas de Capacitación y Empleo de la Secretaría de Trabajo de Río Negro, presentado por el Legislador Norberto Moreno.

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