Hay personas con diversas discapacidades, ya sea de nacimiento o adquiridas, relacionadas a la capacidad de comunicación como lo pueden ser las personas con: autismo, parálisis cerebral, afasias, síndromes genéticos, trastornos neurológicos o dificultades complejas del lenguaje, entre otras.
La propuesta parlamentaria “Ley Federico” nace como respuesta concreta a esa dificultad comunicacional vivida de manera cotidiana por muchos.
La Ley alude al joven rionegrino, estudiante de 25 años de edad quien nació con Síndrome de Angelman, un trastorno neurogenético poco frecuente que, entre sus principales características, presenta una profunda limitación en el lenguaje oral y en las posibilidades de comunicación.
A partir del compromiso de su familia y del acompañamiento de un equipo de profesionales que comenzó un camino pionero en la implementación de estos sistemas en la región. La Comunicación Aumentativa y Alternativa, un conjunto de estrategias, recursos y herramientas que permiten a las personas con dificultades en el habla expresarse, comprender y participar activamente en su entorno. Puede incluir desde sistemas de baja tecnología, como tableros de comunicación con pictogramas, hasta dispositivos y aplicaciones de alta tecnología.
El recorrido de Federico no fue solo personal, implicó la formación de profesionales en áreas como fonoaudiología y educación, quienes debieron capacitarse para acompañar su trayectoria. De este modo, lo que comenzó como una necesidad individual se convirtió en un motor de cambio colectivo, instalando la CAA como una herramienta fundamental dentro del sistema educativo y terapéutico al cual él asitió y asiste.
La implementación de Tableros de Comunicación Aumentativa y Alternativa (CAA) constituye por parte de la provincia de Río Negro una acción concreta, visible y de bajo costo que efectiviza la comunicación en ámbitos públicos; fortaleciendo la autonomía y eliminando barreras, en este sentido, los Legisladores Elbi Cides y Lorena Yensen, confirman la presentación de la Ley Federico que dispone la instalación de Tableros de Comunicación Aumentativa y Alternativa (CAA) en ámbitos específicos de salud, educación, cultura, turismo, administración pública y espacios públicos en el territorio provincial.