El presidente del Bloque de Legisladores del Frente para la Victoria, Pedro Pesatti, anticipó que el proyecto de reforma del Código Procesal Penal sólo se tratará en general en la comisión de Asuntos Constitucionales -convocada para mañana- y también en general en la sesión especial que se llevará a cabo el día 10 de diciembre. “Esto es lo que acordamos ayer con el gobernador Weretilneck, el vicegobernador Carlos Peralta, el presidente de mi partido, el senador Miguel Pichetto, y el legislador Ariel Rivero -dijo el parlamenario».
Pesatti agregó además que “el expediente se aprobará en general y lo volveremos a comisión para que en los aspectos particulares pueda ser examinado con el máximo rigor, para lo cual invitaremos a juristas de enorme relevancia como el Dr. Zaffaroni, León Arslanian y el senador Urtubey, autor de la reforma en su provincia (Salta), entre otros, cuyos nombres nos fueron sugeridos por el senador Pichetto, un hombre, por otra parte, que tiene un gran conocimiento sobre la materia”.
El titular de la bancada oficialista sostuvo, en otro orden, “lo importante que ha sido el rol que vino cumpliendo el vicegobernador Carlos Peralta como principal impulsor de esta reforma en el ámbito de la Legislatura junto a la legisladora Tania Lastra y a los integrantes de la comisión redactora que han hecho posible que podamos llegar a una instancia clave para avanzar hacia el paradigma que nos requiere la Constitución nacional”.
Al respecto, Pesatti puntualizó que “la ventaja fundamental del sistema penal acusatorio que estamos promoviendo es el respeto al debido proceso que emana de la Constitución Nacional y de los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional. Este sistema, por otra parte, permite que el imputado pueda ser investigado por un órgano especializado y distinto de aquel que va a resolver su situación procesal. Además es un sistema que da la posibilidad de discutir todo, de producir prueba y de ser escuchado de manera real por el fiscal y por los jueces. La otra ventaja -acentuó- es que agiliza de manera exponencial los plazos del proceso, hace más rápido el accionar de la justicia. Lo tercero es que el sistema acusatorio permite un control exhaustivo por parte del imputado, las víctimas y el pueblo en general. Y al basarse en audiencias, el proceso siempre se realiza de cara a la sociedad, jamás es secreto para nadie ni nada se puede ocultar».
Para ejemplificar la necesidad de la reforma, el legislador Pedro Pesatti explicó que “después del resonante fallo Sandoval, donde un homicida fue sentenciado por la justicia de Río Negro y debió ser nuevamente juzgado luego de un fallo de la Corte Suprema que decretó la nulidad del juicio previo por no haber estado garantizado el debido proceso, se hace imprescindible la aprobación de un código procesal penal que tenga las características del que estamos impulsado, esto es un litigio controversial de acusación y defensa, y que un tercero imparcial resuelva -juez o jurado- con un procedimiento mediante el sistema de audiencias orales y públicas. Con ello se evitarán futuras decisiones nulificatorias de procesos penales por no haberse adecuado plenamente a los estándares constitucionales como en la causa apuntada”.
“En consecuencia -expresó- la reforma a nuestro actual sistema procesal penal deviene sumamente necesaria e imprescindible por razones constitucionales. Con la reforma de la Constitución Nacional de 1994 se ha definido un nuevo paradigma para el proceso penal, propio de un modelo acusatorio, con roles perfectamente diferenciados, de manera de asegurar la imparcialidad de los jueces. Por ello sólo pretendemos dar un cumplimiento acabado de las garantías de los imputados, llevar a cabo una persecución penal eficaz y aumentar la participación de las víctimas. La realidad nos indica que la ciudadanía exige una participación cada vez mayor en la toma de decisiones estatales, en todos los ámbitos, y en el control sobre la forma de tomar decisiones».
Pesatti explicó también que “tampoco somos ajenos a que el principal desafío es el cambio de mentalidad. Se trata de un cambio cultural sustancial. Es otro paradigma. Hay que acostumbrase a que el juez es un tercero imparcial -no es más juez y parte como ahora- que no adopta decisiones para hacer avanzar la investigación. Eso queda en manos de las partes, del fiscal y la defensa. La idea del juez director del proceso cede terreno con la reforma y devuelve el conflicto al fiscal y al defensor”.
“Entre las ventajas que nos brinda el sistema acusatorio se encuentra precisamente el hecho de poder establecer una división clara de funciones para el ejercicio del proceso penal, estableciendo que rol cumple cada operador del sistema poniendo límites a su capacidad de operar, en síntesis reglas de juego claras y ceñidas a la Constitución -enfatizó».
Por último, Pesatti dijo: “Debemos poner nuestro sistema penal en orden a lo que dice la Constitución Nacional y a los pactos internacionales que forman parte del plexo constitucional porque con el actual sistema que tenemos en Río Negro una persona condenada puede quedar en libertad si apela a instancias superiores alegando que no se ha cumplido con las formas del debido proceso que emana de nuestra carta magna y para lo cual el caso Sandoval es un antecedente insoslayable”.