«Es alentador que el manejo de la costa dispare un debate en una provincia que vive de espalda a su mar»

En respuesta a los diferentes cuestionamientos exteriorizados por los intendentes de Viedma y San Antonio Oeste al proyecto de ley que promueve crear una comisión que releve y controle edificaciones y lotes en la costa de Río Negro, el legislador Pedro Pesatti sostuvo:

«De ninguna manera pretendemos avanzar sobre potestades municipales. Existe jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia indicando que la Constitución debe ser interpretada de manera integral y que bajo el ejercicio de su autonomía los municipios no pueden violentar los principios establecidos en la primera parte de nuestra constitución. Autonomía no es sinónimo de soberanía, por ello los municipios se hallan insertos dentro de una unidad –la provincia- dentro de la cual se desarrollan y adquieren su justo sentido”.

«En este sentido -puntualizó Pesatti- la costa del golfo es de todos los rionegrinos y no patrimonio exclusivo de los municipios costeros, de la misma manera que el mar argentino es patrimonio tanto de quienes viven en Mar del Plata como en Formosa”.

«De todas maneras -explicó- el objetivo de la Comisión no es otro que el relevamiento de la costa para elaborar un informe completo de situación, dictaminando si a su criterio se han infringido normas ambientales y elevar dichas conclusiones a la autoridad de aplicación. Es decir, la Comisión no tiene capacidad resolutiva. Por ello, los cuestionamientos efectuados al proyecto no explican de qué modo se estaría violentando la autonomía de los municipios costeros”.

«Debo admitir -agregó el parlamentario- que el proyecto fue enriquecido con el aporte de otros legisladores, e incluso, por la sugerencia de un jurista de la zona que a través de uno de los coautores de la ley, el legislador Vargas, aconsejó incluir toda la costa en el ámbito de aplicación de la ley –en concordancia con el ámbito de aplicación fijado en la ley de Costas Nº 2951-. Originariamente, el artículo 4º del proyecto Nº130/2014, excluía de su incumbencia a los “terrenos clasificados como urbanizables que cuenten con normas específicas municipales de ordenamiento urbano”, tal como originariamente nosotros lo habíamos redactado”.

«En otro orden debo remarcar que el proyecto pasó por el control de todas las comisiones legislativas de asesoramiento que reglamentariamente debían dictaminarlo, en donde también, con la contribución de la legisladora Piccinini, se incorporó como objetivo el análisis de todos los proyectos que obren en el registro del parlamento relacionados al ordenamiento territorial de la costa, para que posteriormente, y con la participación de los municipios, se dicte una norma definitiva, tomando entre sus bases una iniciativa de esta legisladora firmada además por los legisladores Rivero, Esquivel y Torres entre otros, y que lleva como nombre «Ley de Ordenamiento Territorial para el Desarrollo de los Recursos Naturales y Turísticos de la Costa Atlántica de Río Negro».

«Pero lo que no podemos perder de vista, pues es la razón del asunto que nos ocupa, es que en el caso del Faro Belén un particular adquirió una parcela rural por una suma de dinero aproximada a los U$S 300.000 y luego, subdividiéndola, puso a la venta numerosos lotes, multiplicando sustancialmente el valor de compra por el sólo hecho de contar con la autorización estatal del proyecto y para lo cual recomiendo visitar el sitio web donde los lotes están en venta y visitar el lugar físico donde todo está como Dios concibió el mundo. En efecto, al recorrer el lugar se comprueba que no hay inversión alguna en infraestructura, aunque los lotes ya están disponibles para ser adquiridos. Lotear, de este modo, no equivale a invertir en el sentido que se le quiere dar a esta iniciativa pues la plusvalía de la autorización es lo que permite armar un negocio donde lo que se invirtió es sólo lo que costó el campo y la ganancia lo que pone el estado”.

«En este caso concreto, de la simple lectura de las actuaciones que culminaron en la autorización del loteo en promontorio Belén, se advierte, por ejemplo, que el informe de impacto ambiental no resultaría lo suficientemente riguroso. Por ello, a los fines de analizar este tipo de cuestiones, la Comisión que proponemos puede requerir la colaboración de especialistas que asistan en tan compleja tarea de revisión o producir un nuevo estudio de impacto ambiental a través de la colaboración de las universidades públicas con asiento en Río Negro. Esto es lo que nos motivó a actuar, porque como legisladores tenemos el deber de custodiar el patrimonio de la comunidad, esto es, el patrimonio ambiental y paisajístico del promontorio Belén donde hasta existe una lobería poblada por 1800 individuos, aproximadamente -dijo por último Pesatti”.