Formalizan el proyecto para alentar el empleo joven

La Cámara de Comercio, Turismo, Industria y Producción de Viedma impulsó una propuesta para que incentivar la creación de nuevas empresas dirigidas por jóvenes, y que no tengan incidan -en principio- en la recaudación impositiva al tratarse de nuevos emprendimientos.
Este mecanismo fue presentado como proyecto de Ley al presidente del bloque de legisladores del Frente para la Victoria, Pedro Pesatti, durante un encuentro al que acudió el titular de la entidad emprensarial, Agustín Moggio.
El directivo argumento en esa reunión que la iniciativa apunta hacia aquellos jóvenes que deseen iniciar una actividad comercial o empresarial para contribuir a su inserción en la estructura laboral de la Provincia. Indicó que con ese propósito se establece para los que estén comprendidos un sistema de beneficios progresivos en el pago de los Ingresos Brutos, con una exención del ciento por ciento en el primer año, del 50% en el segundo y finalmente del 25% en el tercer año.
Con respecto a lo anterior, Moggio resaltó que estos beneficios no tendrán impacto sobre la recaudación de la Provincia, ya que las exenciones previstas serán para los emprendimientos que se creen y no para los existentes. Por el contrario -según indicó-, al promover la instalación de nuevas empresas ello redundará en nuevos ingresos para el erario público.
Por su parte, Pesatti valoró la iniciativa, advirtiendo que por consistir en una ley económica debe ser estudiada detenidamente en sus alcances e inclusive realizar consultas. A tal fin, propuso mantener una reunión en conjunto con las autoridades de los organismos competentes involucrados, lo que recibió respuesta positiva de parte de Moggio.
Además, el legislador señaló que deberían determinarse debidamente las empresas que estarán comprendidas en los beneficios de la ley, mencionando en principio en particular a aquellas cuyas actividades aporten un valor agregado.
En la iniciativa están abarcadas las personas físicas o jurídicas privadas que desarrollen actividades industriales, comerciales o de servicios en el ámbito de la provincia de Río Negro. Se fijan determinados requisitos a cumplir, entre ellos que la propiedad sea de ciudadanos/as argentino/as en no menos del 51%, comprendidos entre los dieciocho (18) y cuarenta (40) años de edad y que posean, además, el control de la empresa; que se constituyan con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y posean una antigüedad inferior a doce (12) meses contados a partir del inicio de sus actividades; que se encuentren comprendidas en la clasificación de Pequeña y Mediana Empresa, y que se encuentren inscriptas como contribuyentes locales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Quedan excluidas las actividades vinculadas con servicios financieros y/o inmobiliarios, la explotación de juegos de azar, y/o cualquier otra que por sus especiales características goce de algún otro beneficio impositivo previsto en la legislación provincial.
 
Fuente: Diario Río Negro