Proponen proyecto para preservar recursos naturales paleontológicos y arqueológicos

El legislador Pedro Pesatti presentó un proyecto de ley para establecer normas, pautas y procedimientos para la custodia de los recursos naturales paleontológicos y arqueológicos en la provincia de Río Negro. La iniciativa propone la creación de la figura del “Custodio Rural”.

Pesatti plantea que existen recursos naturales en la provincia que deben ser custodiados y conservados por su importancia, valor y significado, que se encuentran dentro de las Áreas Naturales Protegidas de la provincia y fuera de éstas. Entre ellos están los recursos arqueológicos y paleontológicos regulados por la ley provincial 3041, que suelen hallarse dentro de campos privados donde la autoridad de aplicación no tiene competencia.

El Custodio Rural sería el propietario de un predio rural, fiscal o privado, a quien, mediante la firma de un convenio, el Estado le delega la custodia y administración de los atractivos naturales y/o culturales de interés turístico que se encuentran en su predio.

Según la propuesta, los titulares de los predios donde hay recursos paleontológicos y arqueológicos (pinturas rupestres, restos fósiles de dinosaurios, troncos petrificados, etc.), tendrían que organizar y preservar los circuitos turísticos.

Estarían facultado para percibir, de quienes visiten el predio, una suma dineraria en razón de las prestaciones que ofrezca. Las tarifas deberán ser autorizadas previamente por la Autoridad de Aplicación (Minisiterio de Turismo, Cultura y Deporte).

También el proyecto contempla la creación de un Registro Provincial de Custodios Rurales, que funcionará en la órbita del Minisiterio de Turismo, Cultura y Deporte y se conformará con los interesados en iniciativas relacionadas con la custodia delegada.

La Autoridad de Aplicación podría firmar convenios con los propietarios de predios rurales de todo el ámbito del territorio provincial, delegando responsabilidades de cuidado, control y administración de atractivos naturales o culturales de interés turístico.

De tratarse de tierras ubicadas en ejidos municipales, la Autoridad de Aplicación deberá comunicar a las autoridades municipales respectivas sobre el contenido del citado convenio.
Para el caso de tierras rurales ubicadas dentro de Áreas Naturales Protegidas, el dueño del predio elaborará el plan de manejo con la asistencia técnica y legal de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y deberá compatibilizarlo con el existente para el área natural protegida que se trate.

Si el Área Natural Protegida no cuenta aún con un Plan de Manejo, el propietario deberá elaborar uno para su predio con la asistencia de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
 
Fuente: Legislatura de Río Negro