Van a descontaminar depósitos y camineras de autos abandonados

El Estado provincial podrá compactar y destinar al reciclaje decenas de autos y motos que se encuentran en depósitos policiales o camineras, constituyendo hoy un foco de contaminación, tanto visual como para el medio ambiente, según lo explicó la Legisladora del bloque de Juntos Somos Río Negro, Viviana Germanier, quien detalló que, entre autos y motos, sólo en Viedma, hay 570 autos y unas 300 motos a procesar.

Unos 300 rodados por cada regional (Roca, Cipolletti o Bariloche), más unos 25 a 50 autos por caminera que nunca han sido reclamado o han sido dados de baja, serán compactados por una empresa que antes separa fluidos y también las baterías con su carga contaminante.

“Hay un daño al medio ambiente, vía el desprendimiento de metales y fluidos”, resaltó Germanier, quien aclaró serán sujetos de compactación vehículos cuyo dominio corresponde al estado nacional, provincial o municipal.

Se contempla además, que los municipios puedan adherir, para también normalizar sus atiborrados depósitos.

“Podemos decir que cerca de 300.000 son los vehículos circulando y alrededor de 800 los autos abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados en predios de controles viales y camineras policiales”, aseguró la Legisladora de Catriel.

“A lo largo de los depósitos de toda la provincia, hay autos acumulados desde hace muchos años, que por razones de antigüedad, obsolescencia, deterioro, han quedado abandonados en los predios de los puestos de control de la Agencia de Seguridad Vial Provincial, en los puestos camineros de la Provincia o en la vía pública. Esto genera daños para el medio ambiente ya que el deterioro de estos vehículos ocasiona el desprendimiento de distintos fluidos, como aceite de motor, combustible, líquido de frenos, líquido refrigerante, ácido sulfúrico de baterías », argumentó.

Desde lo legal, se hace la salvedad en la ley que « el Ministerio de Seguridad y Justicia podrá requerir al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendario, informes sobre el estado registral del bien, y en su caso, informe nombre y domicilio del titular registral, acreedores prendarios, juzgados embargantes e inhibientes del titular, la compañía aseguradora que hubiese efectuado presentaciones ante el Registro, si existiesen pedidos de secuestro vigentes y/o de quien se hubiere formulado denuncia de venta, debiendo realizar las notificaciones de rigor, a los efectos de establecer el procedimiento de descontaminación y compactación o proceso de pública subasta”.

El artículo cuarto del proyecto es clave, porque allí se determina que “se considera abandonado a los efectos de la presente ley, al vehículo que no fuera retirado por su titular registral, cuando hubieran transcurridos 60 días hábiles administrativos desde la notificación fehaciente para su retiro”.