Régimen Previsional Diferenciado

En los casos de trabajadores de actividades riesgosas e insalubres que hacen prematura su vida laboral y que, de alguna manera, deben ver garantizadas las prestaciones de la seguridad social antes que otros se prevé un régimen previsional diferenciado.

El Legislador Luis Noale presenta una solicitud a los parlamentarios nacionales rionegrinos para que promuevan la discusión sobre la posibilidad de adoptar un régimen previsional diferenciado para los trabajadores de la industria química y petroquímica en tanto que Argentina cuenta con varios regímenes previsionales diferenciados, los cuales parten del reconocimiento de determinadas actividades como insalubres, tales como las que realizan los trabajadores de la actividad minera, de ferrocarriles, portuarios o docentes especiales, entre muchos.

Así es que en virtud de la naturaleza de la cuestión a tratar, que es competencia y corresponde al Congreso de la Nación su discusión y dictado de la norma  correspondiente, el Legislador Noale comunica a “las y los representantes rionegrinos/as en la Cámara de  Senadores de la Nación, que vería con agrado se promueva el tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley nº 2.199/22 que establece un Régimen Previsional Diferenciado, destinado a los trabajadores y trabajadoras que prestan servicios en establecimientos dedicados a la producción química o petroquímica”.