Ante el fallo del Tribunal Electoral de Viedma, que opinó sobre la candidatura de Alberto Weretilneck a la gobernación, el presidente del bloque de Juntos Somos Río Negro, Alejandro Palmieri, aseguró que “al fallo lo veo extrañamente más político que técnico, arbitrario e incompleto”, y basó estas afirmaciones en que “no se analizó objetivamente la letra del artículo 175 de la Constitución”. En ese sentido, remarcó que al concepto “sucederse recíprocamente”, que es uno de los pocos limitantes señalados en la Constitución, “el tribunal parece haberlo pasado por alto”.
Palmieri consideró que “los fallos son opinables, sobre todo aquellos que afectan la vida institucional de una provincia”, aunque aclaró que “nosotros no somos partícipes de andar amenazando jueces, ni festejando cuando los fallos son positivos, ni denunciando tramas oscuras cuando nos son negativos”.
Al explicar porqué motivo a su criterio el fallo es “más político que técnico”, sostuvo que “el artículo 175 que habla sobre le reelección es muy cortito y claro; y su primera interpretación debería ceñirse a la letra expresa de la norma. Plantea solo 2 limitaciones: ser reelecto 1 sola vez, o sea volver a ser elegido para un mismo cargo (que con Weretilneck como gobernador todavía no ocurrió), o sucederse recíprocamente gobernador y vice (cuestión que claramente tampoco ha ocurrido)”.
“Sin ser abogado, basta solo recurrir a la definición del diccionario del término reciproco, que habla de una “correspondencia mutua y bilateral de una persona con otra” para darnos cuenta fácilmente que entre Carlos Soria y Alberto Weretilneck esto no ocurrió. No hubo (y lamentablemente no pudo haber) una sucesión reciproca entre Soria y Weretilneck en los cargos de Gobernador y Vicegobernador, y viceversa”, precisó.
Por eso, además, el presidente de la bancada del oficialismo en la Legislatura, consideró que “el fallo, además de extraño, es incompleto, porque no analiza íntegramente el texto del artículo 175, porque si el constituyente hubiera querido prohibir lo que el tribunal interpreta, tenía mil palabras para hacerlo. Podría haber dicho: está prohibida la alternancia indistintamente en cualquiera de los cargos, etcétera, etcétera”. Y abundó: “el constituyente tenia mil maneras de decir lo que no dijo, y lo que dijo es claro: habla expresamente de sucesión recíproca y eso en Rio Negro claramente no ha ocurrido. Ninguna de las limitantes del artículo 175 de la Constitución afectan la candidatura de Weretilneck”. De todas maneras, manifestó que “somos optimistas respecto de la interpretación que hará el superior tribunal porque nuestros argumentos son contundentes”.