«La violencia política como uno de los tipos de violencia contra las mujeres». Así lo resume uno de los párrafos del texto que aprobó el Congreso para sumar una tipificación imprescindible en la ley de Protección Integral de las Mujeres.
Con la consagración de un derecho más consolidado, legisladoras y legisladores de Juntos Somos Río Negro expresaron su satisfacción por la sanción de la Ley Nacional N° 27.533 que incorpora la figura de “violencia política” dentro de la tipificación establecida para la violencia de género, en el artículo 5° de la Ley Nacional 24.685 de Protección Integral de las Mujeres.
Es por ello que Adriana Del Agua, Nancy Andaloro; Julia Fernández; María Gemignani; Claudia Contreras; Norma Torres; Silvia Morales; Soraya Yauhar; Mónica Silva; Graciela Valdebenito; Roxana Fernández; Marcela Ávila; Helena Herrero; María Elena Vogel; Graciela Vivanco y Facundo López impulsan un proyecto de comunicación para que el Parlamento de Río Negro lo apruebe.
«Sobre la base de la evidencia cotidiana y según investigaciones llevadas adelante por diferentes grupos profesionales de observación y análisis, podemos afirmar que también en nuestro país la violencia contra la mujer en ámbitos políticos, resulta una práctica muy extendida», expresaron los parlamentarios entre los fundamentos de la iniciativa.
«Estos estudios vienen a corroborar, con datos sólidos, la existencia del uso de métodos que han sido naturalizados en estos espacios y que tienen como fin principal, impedir la plena participación de la mujer en puestos de toma de decisión en estos terrenos, y paralelamente, reforzar roles tradicionales de género, socavando de tal forma la calidad de la democracia, así como el desarrollo y el pleno disfrute de todos sus derechos», agregaron.
Los legisladores destacaron que «Argentina es considerado un país de avanzada en cuanto a la participación política de las mujeres, por haber introducido oportunamente una ley de cupo femenino y haber promovido la elección de mujeres en cargos destacados a través del tiempo: senadoras, diputadas, legisladoras, juezas, una presidente, y gobernadoras, entre otras. Por caso y sin ir más lejos podemos traer como ejemplo más reciente la elección por primera vez en la historia institucional provincial de una mujer al frente del poder ejecutivo rionegrino. Un hito que nos ha de llenar de satisfacción, más allá de las distinciones partidarias».
«Sin embargo -advirtieron-, según investigaciones sobre la actuación política en este campo, muchas mujeres reciben violencia de género en altos porcentajes y formas, en su mayoría violencia psicológica».
«Como ejemplo de estas investigaciones podemos citar la realizada por el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), primer abordaje sobre violencia política de Argentina a partir de experiencias en primera persona de mujeres de todo el arco político. El informe visibilizó una cifra alarmante: el 64% de las entrevistadas fueron amenazadas o intimidadas durante el ejercicio de sus funciones políticas; al 58% le han impedido que asista a reuniones importantes o en las que se toman decisiones relevantes; al 53% le han restringido el uso de la palabra en reuniones o sesiones e incluso el 27% ha percibido un ingreso salarial menor por su condición de género. Ocho de cada diez encuestadas afirmaron haber vivido situaciones de violencia de género a lo largo de sus carreras políticas», indicaron.
De todos modos, los legisladores remarcaron que «la bandera por la lucha en favor de promover los derechos de la mujer sigue levantada, a la llamada “Ley de Cupos” le han seguido otras de diferentes alcances, en virtud de las jurisdicciones territoriales de que se trate, entre las que se destaca la Ley Nacional N°24.685 de “Protección Integral de la Mujer”, entre cuyos fundamentales objetivos cuentan los de eliminar la discriminación entre mujeres y varones; garantizar el derecho de ellas a vivir una vida sin violencia, y remover los patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género».
«La flamante ley garantiza los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw); la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, y la Convención de los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas/os y Adolescentes; y tipifica los modos de ejercicio de la violencia hacia la mujer en cinco categorías (anteriormente ya mencionadas) a las que se acaba de anexar una sexta, nueva iniciativa parlamentaria mediante, incorporando a la “violencia política” como medio de agresión hacia la mujer cuando se desprecie o menoscabe su participación en la vida política a través de cualquier tipo de procedimiento, considerado desde todo punto de vista como inaceptable».
«Reconocer la violencia política era hasta hace unos pocos meses una deuda pendiente con las mujeres en cargos públicos en nuestro país, se hacía imprescindible una acción específica con el fin superior de proteger a las mujeres que se dedican al servicio público», concluyeron.