
El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de reforma a la ley 40 de la provincia que creó el Boletín Oficial, incorporando las nuevas tecnologías.
En los fundamentos, el gobernador Weretilneck recuerda que la citada norma es del año 1958 y que sólo fue reformada en 1964.
“La reforma que se propugna tiende a la supresión y reformulación de artículos que al momento de la sanción fueron indispensables pero que, con el transcurso del tiempo, su permanencia en el texto normativo resultan por demás innecesarios”, agrega.
El texto define al Boletín Oficial como “el periódico oficial de la provincia de Río Negro” y establece los asuntos objeto de publicación.
En el artículo quinto del proyecto se establece que “el Boletín Oficial contará con una edición digital y una en papel, de idéntico contenido” y que la edición digital se publicará en el sitio web oficial de la provincia de Río Negro “produciendo iguales efectos jurídicos que la edición impresa”.
“Queda prohibido retener o retardar indebidamente la publicación de cualquier documento que se envíe al Boletín Oficial para ser insertado en mismo”, indica el proyecto.
Los gastos que demande el cumplimento de la ley se harán con imputación de los recursos propios del Boletín Oficial, estableciendo que “las publicaciones que por imperio de las leyes deban efectuar los particulares, se harán con cargo a los mismos”.
El articulado señala que “todos aquellos actos de gobierno publicados en los llamados Boletines Oficiales desde el año 1917 hasta la sanción de la presente ley, serán considerados válidos”.
Fuente: Legislatura de Río Negro